Beneficios tributarios en Cundinamarca en el marco de la situación causada por la presencia de la Covid-19

La medida está destinada exclusivamente a conjurar la crisis y a impedir la extensión de sus efectos de acuerdo con lo determinado por el Gobierno Nacional

• Se pueden acoger a estos beneficios quienes tengan pendientes deudas con el departamento al momento de entrar en vigencia el Decreto Legislativo 678 de 2020.

#Cundinamarca La Secretaría de Hacienda de Cundinamarca, en atención a lo dispuesto por el Gobierno Nacional para atender los efectos económicos negativos sobre los habitantes del territorio nacional, acogió las medidas extraordinarias referidas a condonar o aliviar las obligaciones de diferente naturaleza como tributarias, financieras, entre otras, que puedan verse afectadas en su cumplimiento de manera directa por efectos de la crisis.  

En ese sentido, el gobierno cundinamarqués anunció el paquete de beneficios tributarios que permitirá disminuir el impacto y aliviar la situación económica de los deudores, los contribuyentes, responsables, agentes retenedores y demás obligados al pago de impuestos, tasas, contribuciones y multas, así: • Hasta el 31 de octubre de 2020 se pagará el 80% del capital sin intereses ni sanciones. 

• Entre el 1º de noviembre de 2020 y hasta el 31 diciembre se pagará el 90% del capital sin intereses ni sanciones. 

• Entre el 1º de enero de 2021 y hasta el 31 de mayo de 2021 se pagará el 100% del capital sin intereses ni sanciones. Los impuestos departamentales susceptibles de acogerse a los beneficios son el impuesto sobre vehículos, al consumo y de registro. 

Con la medida los gobiernos Nacional y departamental reconocen la crisis que ha generado en todos los sectores la presencia del coronavirus y su impacto en la economía nacional, “ralentizando su desempeño y disminuyendo de manera significativa sus ingresos y la capacidad de pago de sus obligaciones laborales, comerciales y tributarias, por lo que se hace necesario establecer medidas que morigeren dicho impacto y les permitan a los diferentes sectores honrar sus obligaciones”, según establece el Decreto Legislativo 678 de 2020.

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