Enel-Codensa responde ante incrementos en el servicio de energía

Desde la redacción de Dios Ve Noticias hemos buscando constantemente información acerca de los cobros de energía por parte de Enel Codensa, a través de la última comunicación el día 29 de abril, la compañía nos dio su versión acerca de las razones por las cuales se ha reflejado un incremento en la facturación, específicamente en algunos establecimientos comerciales que, aunque sus propietarios no estaban haciendo consumo, se les duplicó la tarifa.

En medio de la inconformidad por parte de la ciudadanía por los incrementos en los costos de la energía; este medio logró exponer ante la compañía prestadora del servicio de energía, un caso en especial de un comerciante del municipio de Pacho, en el que su factura del servicio se le duplicó, aun teniendo cerrado su establecimiento.

Según Enel-Codensa, en primer lugar, hay que estudiar los casos en específico para poder realizar un análisis más certero, pero en este caso en especial manifestaron que, pudo haber sucedido como en muchos locales comerciales, en los cuales no se pudo tomar lectura del consumo porque el medidor estaba adentro del negocio o dentro de las viviendas. Cuando esto sucede, por regulación, la facturación se realiza promediando los últimos seis meses.

¿Tiene solución?

Aunque ya se le facturó un valor, no quiere decir que deba pagarlo; el usuario debe comunicarse con las líneas de atención al cliente o por los diferentes canales (Servicio al cliente Bogotá y sabana: 7 115 115; Cundinamarca 5 115 115; Línea gratuita nacional 01 8000 912 115; página web: www.enel.com.co; Facebook/codensaenergia, twitter @codensaEnergia y en la App Enel-Codensa) y justificar el error; si se comprueba que el consumo facturado no corresponde al consumo de la lectura, se hace una corrección de la factura y si ya ha cancelado, queda un saldo a favor para la próxima facturación; la compañía debe realizar el ajuste correspondiente si se presentan inconsistencias.

Igualmente han manifestado, que, en la factura siempre se avisa cual es la próxima fecha de lectura, por eso, es importante que los comerciantes y usuarios estén pendientes, con el fin estar presentes y así, puedan abrir sus locales comerciales o viviendas a los operarios y se pueda hacer la lectura para facturar el valor real del consumo.

Por otro lado, Enel-Codensa en su comunicado de prensa del 22 de abril del presente año, explicó que, desde el inicio del aislamiento preventivo y obligatorio por la emergencia del Covid-19, se ha presentado un aumento en el consumo de energía en las viviendas. “…teniendo en cuenta que se pasa mayor tiempo en casa, con un mayor número de personas, que utilizan más electrodomésticos, además de la energía necesaria para cumplir con las labores del trabajo, de estudio y también los momentos de recreación”, esto aunado al aumento del valor del kWh (Kilovatio hora) que es comercializado en la bolsa de energía como consecuencia del fuerte verano presentado a finales del 2019 y durante los primeros meses de 2020, el cual ocasionó la disminución del nivel de los embalses para generar energía en el país; expuso la compañía eléctrica.

Además, la empresa ofreció algunas alternativas para el pago e indicó que, “durante el periodo de emergencia sanitaria, no se causará intereses por mora para los clientes residenciales que registran atraso en el pago de las facturas o que hayan accedido a una financiación». Pero aclaró que, «si el cliente ya cuenta con una deuda existente previa a la emergencia, sí encontrará los intereses de mora reflejados”. 

Finalmente la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG, a través de las Resoluciones 058 y 059 de 2020, afirmó que, “El usuario podrá decidir si se acoge a estas facilidades y el prestador del servicio está en la obligación de informarle las condiciones de aceptación de la opción de pago diferido, entre ellas, la tasa de financiación y las opciones de pago anticipado.

La regla general es que el no pago de la factura por parte de los usuarios de los estratos 1, 2, 3 y 4 será señal de aceptación del diferimiento. Sin embargo, para los usuarios de estratos 5 y 6, así como para los usuarios no residenciales, antes de proceder a la suspensión del servicio por el no pago de la factura, el prestador del servicio deberá ofrecerles la opción de pago diferido”.

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