La Policía Nacional de Colombia, a través de la Estación de Policía Yacopí y en cumplimiento de las disposiciones legales vigentes, adelanta acciones de vigilancia, control y prevención orientadas a garantizar la seguridad vial y la protección integral de los niños, niñas y adolescentes en el municipio de Yacopí.

Durante los días 14 y 16 de marzo de 2026, en desarrollo de actividades operativas en las diferentes vías del casco urbano, se evidenció la conducción de motocicletas por parte de menores de edad, quienes no cumplen con la edad mínima ni con los requisitos legales establecidos para la conducción de vehículos automotores.
Más que una actuación de control, esta labor busca prevenir situaciones de riesgo que puedan afectar la integridad física de los menores y de los demás actores viales, promoviendo la corresponsabilidad de las familias y el respeto por las normas de tránsito.
Ante esta situación, se considera pertinente poner en conocimiento de la Comisaría de Familia de Yacopí, con el fin de que, dentro de sus competencias, se adopten medidas preventivas, pedagógicas y de orientación familiar dirigidas a los padres, madres o acudientes de los menores involucrados.
Durante las acciones adelantadas, se destacan los siguientes aspectos:
🔹 Identificación de 8 adolescentes como conductores de motocicletas en vías públicas, situación que representa un alto riesgo para su seguridad y la de la comunidad.
🔹 Llamado a la corresponsabilidad de padres, madres y acudientes, quienes deben garantizar el cuidado, supervisión y orientación adecuada de los menores.
🔹 Implementación de medidas de prevención y orientación familiar, conforme a lo establecido en la Ley 1098 de 2006 —Código de Infancia y Adolescencia—, con el fin de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes.
🔹 Desarrollo de acciones pedagógicas y de sensibilización dirigidas a las familias del municipio, enfocadas en los riesgos asociados a la conducción de motocicletas por menores de edad.
🔹 Fortalecimiento de la articulación interinstitucional entre la Policía Nacional, la Comisaría de Familia y demás entidades competentes, para prevenir situaciones que afecten la seguridad y bienestar de los adolescentes.
🔹 Recordatorio de la normatividad vigente: conforme al Artículo 19 de la Ley 769 de 2002 —Código Nacional de Tránsito Terrestre—, es obligatorio portar licencia de conducción, la cual solo puede ser expedida a personas que cumplan con la edad mínima y los requisitos legales establecidos. Asimismo, el Artículo 44 de la Constitución Política y la Ley 1098 de 2006 establecen la protección especial de los menores por parte de la familia, la sociedad y el Estado.
🎯 Estas acciones permiten prevenir accidentes de tránsito, proteger la vida de los menores y fortalecer la cultura de legalidad y responsabilidad en la comunidad.
Se evidenció disposición por parte de la ciudadanía, reafirmando la importancia del trabajo conjunto entre autoridades y comunidad para garantizar entornos seguros.
👮♂️ La seguridad vial y la protección de nuestros niños, niñas y adolescentes es tarea de todos. Cumplir la norma es salvar vidas.
