Esta prestación social establecida en el Código Sustantivo del Trabajo contempla un pago correspondiente a la mitad del salario devengado por el empleado.
Diciembre no es solo una de las temporadas más esperadas por los colombianos por cuenta de las celebraciones, las vacaciones y los festivos, sino también porque es el mes en el que los empleados reciben la ansiada prima navideña.
Esta prestación social, establecida en el Código Sustantivo del Trabajo, contempla un pago correspondiente a la mitad del salario devengado por el empleado en “reconocimiento se hará por todo el semestre trabajado o proporcionalmente al tiempo trabajado”.
El artículo 306 del Código establece que el empleador está obligado a pagar la prima de servicios a más tardar en los primeros 20 días de diciembre, a pesar de que se liquide hasta el último día del año en curso.
¿A quién se le reconoce la prima?
La prima de servicios es reconocida para las personas que cuenten con un contrato formal y que cuenten con un salario que no supere los 10 millones de pesos.
Entre los empleados que cobija esta prestación se encuentran empleados de compañías privadas, servidores públicos, y personas que desempeñen labores por días: sin embargo, son excluidos los ciudadanos que se encuentren con contrato por prestación de servicios.
“Se incluye en esta prestación económica a los trabajadores del servicio doméstico, choferes de servicio familiar, trabajadores por días o trabajadores de fincas y en general, a los trabajadores contemplados en el Título III del presente código o quienes cumplan con las condiciones de empleado dependiente”, detalla la ley.
¿Cómo se paga la Prima de Navidad?
El pago de la prima de servicios contempla: el salario del empleado, los días laborados y el auxilio de transporte, en caso de que reciba menos de dos salarios mínimos, con lo que cada uno de los trabajadores con salario fijo puede hacer las cuentas de cuánto recibirá en los primeros 20 días de diciembre.
El cálculo para el pago de la prima de quienes reciben salario fijo corresponde a la multiplicación del salario base del empleado, más el subsidio de transporte, por los días laborados, que corresponderían a 180, en caso de que haya recibido la prima de mitad de año, dividido entre los 360 días que corresponden a todo el año.
Ejemplo para salario fijo
En caso de que usted reciba un salario fijo, para este ejemplo utilizaremos el salario mínimo, es decir ($1′160.000), deberá sumarlos al auxilio de transporte, que equivale a $140.000 para el 2023, multiplicarlos por los días laborados (180), correspondientes al segundo semestre, y dividirlos por los 360 días del año.
En este caso, la fórmula que debería realizar es la siguiente: $1′160.000 (pesos) + 140.606 (pesos) X 180 (días) / 360 (días): lo que equivale $605.303.
Para las personas que han trabajado menos de los 180 días, el cálculo de la prima tiene que ser tomado por el sueldo base y el auxilio de transporte, multiplicándolo por los días laborados y dividirlo por los 360 días del año.
Ejemplo para salario variable
Llegado caso, usted reciba un salario variable, deberá llevar a cabo un promedio del salario entre los meses trabajados, el cual deberá multiplicar por los días trabajados durante el semestre y dividirlo entre 360, que corresponden a los días del año.
Calculadora
En caso de que quiera realizar el cálculo respecto al monto de la prima navideña, podrá recurrir a una herramienta que ofrece el Ministerio de Trabajo mediante la cual podrá calcular de manera precisa no solo la prima sino el pago de vacaciones, cesantías y aportes a salud y pensiones que corresponde a su salario.
Fuente: Pulzo