Qué empleados pueden pedir el día de descanso por votar o ser jurado en elecciones

Todo ciudadano que acredite haber ejercido el derecho al voto en forma legítima podrá disponer de media jornada de descanso, según ley 403 de 1997.

Las elecciones regionales de 2023 se acercan, los colombianos están a pocos días para ejercer su voto. Uno de los beneficios que otorga el ejercicio electoral es el derecho a media jornada laboral de descanso y remunerada.

El artículo 3 de la Ley 403 de 1997 estipula que “todo ciudadano que acredite haber ejercido el derecho al voto en forma legítima podrá disponer de media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para cumplir su función como elector”.

Cabe resaltar que, este derecho aplica para todos los empleados con cualquier tipo de contrato laboral (término fijo, indefinido, de confianza y manejo).

La fecha del compensatorio debe ser acordada con el jefe directo dentro de los 30 días siguientes a la jornada electoral y se debe presentar el certificado de votación.

Los jurados de votación también tienen el beneficio de descanso

Desde el artículo 105 del Código Electoral de Colombia, se establece un importante beneficio para los jurados de votación que trabajan en el sector público o privado: el derecho a un día compensatorio de descanso remunerado.

Los jurados de votación, luego de cumplir su deber el 29 de octubre, podrán tener un día completo de descanso en su lugar de trabajo y este día libre no debe afectar su salario.

Según el Código electoral, este día libre se debe tomar “dentro de los cuarenta y cinco (45) días siguientes a la votación”. Este plazo tiene en cuenta los días hábiles.

Para obtener su compensatorio, los que ejercieron su deber cívico deben presentar el formulario E-18 (Constancia de Prestación del Servicio como Jurado de Votación).

Por otro lado, si se le niega el compensatorio remunerado, usted puede presentar la queja ante el Ministerio de Trabajo, el cual podría sancionar al empleador.

Otros beneficios que tendrá si vota

Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.

Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto.

Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula. Rebaja del 10 % en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.

Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante.

Fuente: Pulzo

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