¿Qué debo hacer para iniciar labores en mi empresa?

Estos son los protocolos de bioseguridad que deben cumplir las empresas y trabajadores, para poder iniciar sus actividades productivas a partir del 27 de abril de 2020

El ministro de salud Fernando Ruiz Gómez, dio a conocer los protocolos de prevención y bioseguridad expedidos en la resolución número 666 de 2020 para las empresas que inician labores, en el desarrollo del plan para reactivar la economía por sectores, durante el aislamiento inteligente implementado por el gobierno nacional.

El jefe de la cartera de salud, delega la responsabilidad a los empleadores y contratistas; quienes son los responsables de la capacitación y el estricto cumplimiento de la normativa expedida en la resolución de ministerio. Quienes incumplan estas medidas serán investigados y sancionados.

Estos son los protocolos que se deben cumplir para poder iniciar actividades laborales según lo expedido por el gobierno nacional:

-Capacitación de todo el personal en las medidas definidas en los protocolos.

-Garantizar la continuidad de las mismas.

-Disminuir los riesgos frente a la exposición del coronavirus, lo que incluye flexibilización de horarios, turnos y favorecimiento del trabajo remoto.

-Brindar todos los elementos de protección que se requieran para el cumplimiento de las tareas.

-Promover el uso de la aplicación Coronapp para registrar allí su estado de salud.

-Reportar a las EPS y ARL los casos sospechosos de #COVID19.

Los trabajadores tienen la obligación de cumplir con estricto y riguroso cumplimiento los siguientes protocolos:

-La normativa durante el tiempo que permanezcan en las instalaciones de la empresa o en ejercicio de sus labores.

-Reportar de manera inmediata la sospecha de potenciales infecciones, incluso si esto ocurre en casa o durante el trayecto al trabajo.

-Adoptar todas las medidas de prevención y reportar cualquier variación de su estado de salud en #Coronapp.

-Portar su dotación y garantizar el lavado de manos en el lugar de trabajo.

-El distanciamiento físico que no deberá ser menor a dos metros en los puestos.

-Evitar los contactos directos.

-Definición de aforos en recintos y espacios sociales e impedimento de reuniones que no garanticen la distancia mínima.

-Definir y describir la limpieza de las áreas de trabajo, la manipulación de productos y sustancias, y el manejo de residuos.

-Capacitarse para la prevención y el manejo de riesgo de contagio.

-Capacitarse para garantizar medidas de protección en el trabajo remoto o a distancia.

Y las demás precauciones para tener en cuenta en todos los ámbitos de permanencia del trabajador.

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